PRIMERA.- EN RELACIÓN A LA FINALIZACIÓN DE LA COMPETICIÓN Y A LA POSIBLE CREACIÓN DE UNA FASE DE ASCENSO EXPRÉS. (ESPECIFIDAD SEGUNDA DIVISIÓN “B”)
Por la RFEF, mediante comunicado en su página web de fecha 14 de abril de 2020, se informa de la propuesta en cuanto a la finalización de la competición.Del presente escrito se deduce que el posible planteamiento es que la Liga Regular quede suspendida de manera definitiva, sin que se produzcan descensos, y sin perjuicio de la salvaguarda de la integridad física de los participantes en la competición, se abre la posibilidad de desarrollar un mecanismo exprés de ascensos mediante un sistema de Play Off a partido único, a ser posible con sistema de concentración, con el fin de garantizar, al menos, el mismo número de ascensos que estaba previsto en el inicio de la competición.
Con respecto a la suspensión definitiva de la Liga Regular de la competición, entendemos que:
A.- Estamos de acuerdo con la entidad federativa nacional en que lo principal es salvaguardar la integridad física de todos los participantes en la competición, así como sus familias, con las salvedades que se consignan en el presente escrito.
B.- Sería conveniente conocer cuál va a ser el protocolo que la Autoridad Sanitaria debe dar a conocer para que la práctica deportiva, ya sea a nivel competicional como de manera individual, pueda desarrollarse sin peligro alguno para sus participantes y practicantes. Una vez informado acerca del contenido del mismo podrían extraerse las oportunas conclusiones que ratifiquen la suspensión total de la competición o la posibilidad de poder continuar la misma con garantías, siempre y cuando los plazos para poder continuar la competición no supongan una carga para los participantes y para el propio organizador de la competición que hagan inviable su ejecución en el tiempo.
Con respecto a la posibilidad de desarrollar un mecanismo exprés de ascensos mediante un sistema de Play Off a partido único, entendemos que:
A.- Si las Autoridades Sanitaras permiten la vuelta a la competición, pero son los plazos los que apremian el término de la competición, lo lógico sería que la competición pudiera desarrollarse igualmente en un marco de concentración de equipos que garanticen la clasificación en cuanto a los ascensos y descensos, ya que no se entiende que solamente puedan disputarse los partidos de ascenso, y no el resto de competición. A los efectos de paliar pérdidas económicas de los Clubes, se produciría un agravio respecto a los clubes cuya competición se da por finalizada, en cuanto a pérdida de ingresos económicos (ticketing, patrocinio, TV… etc.)
Quizás para minimizar estas pérdidas pueda terminarse la competición íntegra mediante un sistema de concentración de equipos en sedes en espacios temporales reducidos para poder terminar la competición, alterando quizás el calendario de la competición para poder ejecutar esa propuesta, siendo los mismos televisados por las distintas plataformas contratadas por los clubes (Footer, TV autonómicas... etc.).
B.- En caso contrario a lo propuesto en el apartado anterior, la RFEF, en base a lo dispuesto en el artículo 188 de su Reglamento, deberá suspender totalmente la competición, manteniendo el mismo status quo de equipos participantes que en la presente temporada, es decir, sin ascensos ni descensos, ya que la norma federativa no permite modificar las reglas de competición, y cualquier modificación “ad hoc” nunca debería tener efectos retroactivos respecto a la presente temporada 2019/2020. Todo ello sin perjuicio de la necesaria coordinación correspondiente con la LFP para prever igualmente su sistema de ascensos y descensos.
Las normas que regulan la competición de Segunda División B quedan estipuladas en las Bases de Competición que aprueba la Comisión Delegada de la RFEF en el mes de julio de inicio de la competición, estableciendo las distintas fases en las que se divide la competición, en este caso, una primera liga regular y una segunda fase de ascenso, especificando el total de jornadas de la Liga Regular.
Es por ello, que de suspender definitivamente la primera fase, se estaría incumpliendo el número de jornadas contemplado en las bases de competición, no pudiendo dejar en el aire la segunda vuelta de la fase regular, y sin perjuicio de que esta modificación de la normativa se aplicaría con carácter retroactivo.
SEGUNDO. - DEL INCREMENTO DE EQUIPOS POR GRUPO O CREACIÓN DE NUEVOS GRUPOS EN LA COMPETICIÓN
Del mismo modo, por el ente federativo nacional se pretende estudiar para su aplicación los mecanismos oportunos para incrementar el número de equipos por grupo, o la creación de nuevos grupos con una vigencia máxima de tres o cuatro temporadas hasta que se acometa de manera planificada la pertinente reestructuración que convierta en elite las competiciones no profesionales mediante un equilibrio económico sostenible y adecuado.Con respecto a este incremento del número de equipos en las distintas divisiones y/grupos, entendemos que:
A.- No parece adecuado ni lógico incrementar de manera tan exponencial el número de participantes, en este caso en la Segunda División “B”, toda vez que la creación de grupos supernumerarios o de un nuevo grupo supondría:
1) Una desnaturalización de la competición.
2) Un aumento de presupuesto de los Clubes en caso de un incremento de equipos por grupo.
3) Una ruptura del equilibrio alcanzado en la distribución de los grupos de Segunda División “B” por localización geográfica en caso de la creación de un nuevo grupo, lo que supondría un agravio para aquellos equipos cuyos desplazamientos sean más largos y costosos.
4) Pérdida de competitividad y calidad de la competición.
5) Imposibilidad de realizar la reestructuración que convierta en elite las competiciones no profesionales en un corto plazo, ya que sería impensable que se aprobaran en esta próxima temporada unas normas de descenso y ascenso muy gravosas para los clubes.
6) Pérdida o reducción de patrocinios ya que en algunas zonas geográficas el incremento de equipos por provincias puede conllevar que los principales patrocinadores compartan con todos los equipos de la zona para no entrar en conflicto.
B.- En todo caso, y si la LFP pudiera finalizar sus competiciones, el descenso de solamente cuatro (4) equipos de la Segunda División “A” a la Segunda División “B” sería menos dramático, a incrementarse en un solo equipo por cada grupo de Segunda División “B”.
TERCERA.- PROPUESTAS DEFINITIVAS
A) Dar por anulada la competición, dada la imposibilidad de su continuación siguiendo las instrucciones de las autoridades competentes, sin que se produzcan ascensos ni descensos y manteniendo el mismo número de equipos participantes en la temporada 2020/2021. No obviamos que esta opción es la más perjudicial económicamente para todos los equipos de Segunda B, pues mermarían sus ingresos hasta final de temporada por taquilla y por publicidad, pero, en su caso, la más justa a nivel deportivo, y la que vela por la seguridad de jugadores, técnicos, empleados y aficionados de todos los equipos. Esta decisión ha sido tomada por otras federaciones internacionales como la inglesa.B) En el caso de poder disputar partidos a puerta cerrada, que se reanude la competición con un modelo exprés en el que todos los equipos de los cuatro grupos de Segunda División B estén incluidos, produciéndose ascensos y descensos de categoría, y con unas normas comunes para todos. A tal efecto, desde el Real Murcia C.F. S.A.D. proponemos el siguiente sistema, sujeto a la aprobación de las autoridades deportivas y sanitarias y la conformidad unánime de todos los equipos integrantes de la categoría que dé certeza y seguridad jurídica al desarrollo de la competición.:
- Los diez primeros equipos clasificados jugarían una promoción por el ascenso a partido único y en sede neutral, donde, en caso de empate, pasaría el mejor equipo clasificado en la liga regular, a su suspensión. Y los diez últimos equipos clasificados jugarían una promoción para evitar el descenso, también a partido único, en sede neutral (diferente a la anterior) y donde en caso de empate, se salvaría el mejor equipo clasificado en la liga regular, a su suspensión. Se jugaría en dos sedes distintas por grupo y en un periodo máximo de 11 días (cuatro rondas, con partidos miércoles/sábado).
Fuente: Real Murcia
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